Introducción
"¿Que puede
mover al hombre por encima de todo y en
lo mas íntimo, en
el corazón?, ¿ama algo el alma con mas
ardor que la
verdad?"
San Agustín
"No existe ideal por el que valga la pena
sacrificamos,
porque de todos
nosotros conocemos la mentira, nosotros
que ya no sabemos
que es la verdad"
Malraux
El
problema de la autoridad de la conciencia no es solo un problema nacido en el
enfrentamiento Reforma-Contrarreforma. Los conflictos entre Ley y Conciencia
datan de la antigüedad. En la literatura de todos los tiempos, como en la
filosofía y la religión, los derechos a la libertad de conciencia y esta como
autoridad suprema, se enfrentan a la autoridad establecida en cada esfera
social, política o religiosa del mundo Medieval. Pero la conciencia no es algo
que se pueda agarrar por el rabo, porque el hombre es mucho
más complicado que su pensamiento que diría Paul
Valery. En una de sus definiciones, la conciencia es un juicio de la
razón por el que el hombre reconoce la bondad o maldad de un acto, lo verdadero
y lo falso. El problema que nos planteamos es si el ser
humano es capaz de hacer lo bueno en sentido de meritorio ante Dios y los
hombres. Dice el salmo 14:3"Todos se desviaron, a una se han
corrompido; no hay quien haga lo bueno, no hay ni siquiera uno" Salmo
14:3. Y Jeremías "Engañoso es el corazón más que todas las cosas, y
perverso; ¿quién lo conocerá?" Jeremías 17:9.
Volviendo
a la conciencia decía Cicerón: Hago más caso del
testimonio de mi conciencia que de todos los juicios que los hombres hagan por
mí." En una de
las tragedias de Sófocles, Antígona desatiende las órdenes del tirano Kreón y
da sepultura al cadáver de su hermano Polinice, apelando a un orden superior a
los caprichos de los legisladores terrenos. Como podemos ver es un tema de
siempre, pero que los debates teológicos adquirieron mayor trascendencia desde
el siglo XVI.
En
Hechos de los Apóstoles 5:26-29 leemos:
Entonces fue el
jefe de la guardia con los alguaciles, y los trajo sin violencia, porque temían
ser apedreados por el pueblo. 5:27 Cuando los trajeron, los presentaron en el
concilio, y el sumo sacerdote les preguntó, 5:28 diciendo: ¿No os mandamos
estrictamente que no enseñaseis en ese nombre? Y ahora habéis llenado a
Jerusalén de vuestra doctrina, y queréis echar sobre nosotros la sangre de ese
hombre.5:29 Respondiendo Pedro y los apóstoles, dijeron: Es necesario obedecer
a Dios antes que a los hombres.
Resulta un tema
difícil este proceso en el que la conciencia apela a la autoridad de Dios: «Hay
que obedecer a Dios antes que a los hombres». Siendo verdad que hay que
obedecer a Dios antes que a los hombres, ¿cómo podemos saber que obedecemos a
Dios? ¿Qué criterio nos lo asegura? En el Padre nuestro se pide: "hágase
tu voluntad en la Tierra como en el Cielo" ¿Cómo saber que hacemos la
voluntad de Dios? ¿Acaso también somos profetas? ("Profético"
significa "en nombre de Dios").
La Reforma protestante y Trento
La Reforma
protestante en el contexto de la crisis de la cultura europea del siglo XVI,
deja claro que la autoridad religiosa encarnada en el
Papa, el Concilio de Trento y el brazo secular, solo recaerá en la
libertad de conciencia. La unidad dogmática esgrimida hasta entonces, cuyo
significado se expresaba en la fides católica pasará a la conciencia y a la
religio christiana. El V Concilio de Letrán (1512-1517) había confirmado el
problema de la autoridad pontificia, incapaz de aplicar reformas rigurosas sin
hacer saltar en pedazos la institución. La autoridad romana dependerá a partir
de ahora del grado de libertad de conciencia otorgada al individuo. Cuando
Lutero rehúsa retractarse, apela a la imagen del hombre en conflicto y
proclama: “No puedo, ni quiero retractarme, porque no es seguro, ni sincero,
obrar en contra de la propia conciencia. ¡ Que Dios venga en mi ayuda! Amén!”.
A lo cual replica el oficial: “Depone tu conciencia, Hermano Martín; lo único
que no tiene peligro es la sumisión a la autoridad establecida.” Expresa Lutero
las mismas ideas de Wychliff y Juan Hus invocando el foro interno como
imperativo absoluto y preceptivo. La conciencia no puede ser violada por ninguna
coacción humana. Sin embargo el Papado, que representa la ortodoxia, se coloca
en la esfera de lo divino. La jerarquía romana se identifica como de origen
divino. El discurso romano es que el Papa es vicario de Cristo, aunque este sea
un indigno. Resistirse al Papa es resistirse a Dios. Roma defiende la tesis de
que Dios sacraliza la institución jerárquica y por tanto la autoridad está al
mismo nivel de Dios y la Escritura. Sin embargo esta radicalización de la
autoridad, elevada al máximo por el cardenal Tomás de Vio Cayetano, no deja
lugar alguno a la libertad de conciencia que era un sentimiento que se
reclamaba con insistencia.
La
cuestión a la que quiero incidir en esta exposición es la autoridad de la
conciencia no la libertad de conciencia que la damos por supuesta en estos
tiempos. Aclarar sin embargo que libertad de conciencia y
libertad religiosa aunque estrechamente relacionadas, no son lo mismo ni
jurídica ni esencialmente. La libertad de conciencia consiste en que cada ser
humano pueda determinar su moral, ética y proyecto de vida en función de sus
propias convicciones, creencias y decisiones libres mientras que la libertad
religiosa es la libertad de profesar o no profesar una determinada religión, de
la cual se desprenden ciertas convicciones éticas, opiniones, creencias y
observancias de carácter religioso. Ciertamente no existe ninguna libertad que
sea absoluta, todas tienen un límite fijado por el derecho de los demás y el
orden público.
Volviendo al tema
de la conciencia como autoridad, (la autoridad sustraída a Roma, nos seguimos
refiriendo), Lutero se la confiere a la Escritura y finalmente a la gracia
divina, única capaz de ligar y desligar la conciencia, y por lo tanto único
agente para la salvación del alma. Lutero recusa de manera violenta una iglesia
sacralizada, espoleado por Gregorio IX que se abroga la fuente única de toda
autoridad basada en las falsas Decretales de 1234. Después de las Decretales se
había formado en las universidades un ejercito de canonistas capaces de reglamentar
de manera uniforme los conflictos entre el Papa y el Sacro Imperio. Sin embargo la doctrina tomista de la lex
naturalis que tan útil había sido al romanismo canonista, ya no es aceptada de
manera unánime desde que la crítica de Guillermo de Ockham había puesto en duda
la distinción entre naturalia y spiritualia.
Recordemos que se entendía por ley natural aquella que es distinta a la
ley revelada; la ley natural es lo que los seres humanos podemos conocer por medio
de la razón. Es lo que está al alcance de la razón sin recurso a la fe.
La ley natural es "la participación de la criatura racional en la ley
eterna" -Sto. Tomás de Aquino; Summa Theologica, 1a, 2ae, quest. 91,
art.2.
La doctrina de Ockham denuncia la ley natural
como ilusoria: las órdenes divinas exigen obediencia por ser divinas, y no por
su conformidad con la pretendida ley natural. (Abrahán obedeció a Dios aunque
mandaba matar a su hijo). Y esta disolución de los criterios inteligibles
vuelve problemática la cuestión de la autoridad doctrinal. ¿Quién puede juzgar
sobre el origen divino o no de un imperativo de una conciencia singular? ¿Quién
puede saber si obedecemos a Dios, obedeciendo a los hombres y no a la
conciencia o viceversa?. Así pues tampoco el siglo XVI resolvió el problema de
la autoridad de la conciencia, al contrario, luego
de la máxima de Augsburgo “cujus regio, ejus religio” [“según la región será la
religión”], esta paz civil violará la conciencia de una mayoría de vasallos del
príncipe y no digamos de los conversos de judíos y moros en España. Se
conseguirían algunos avances, a raíz de la muerte de Servet en 1553, haciendo de
la libertad de conciencia un derecho inherente a la persona, y de la tolerancia
un valor cultural y cristiano. Hay que concebir esta libertad de conciencia (y
esto es muy importante) como un espacio interior de opinión regulado desde el
exterior por el estudio (por lo cual se impone la autoridad de los textos) y
por la piedad (juzgada por Dios).
Pero entonces ¿cómo
se articula en el siglo XVI una respuesta
a la autoridad? Si se examinan los cánones que conciernen a la autoridad, a la
conciencia y sobre todo el modo de juzgar expresado en Trento, se comprende como fueron sorprendidos hasta los mismos agentes de esta innovación. Porque el espíritu tridentino se
vio forzado a construir un orden de discurso continuo y unificado, fundamentado
en una axiomática explícita y exclusiva. Esta elección intelectualista,
perceptible desde las primeras asambleas tridentinas, se oponía a los artículos de la Confesión de
Augsburgo luterana, con la invocación de
las tradiciones. Pero la gran novedad para el pensamiento católico se halla en
este armazón de univocidad al imponer la navaja de la fórmula “Anathema sit”
para el que en conciencia se sintiera disidente.
El Concilio de
Trento quiere dar un paso a la abstracción. Sin embargo el pluralismo de la
Escritura y de las muchas tradiciones llegan a ser un problema para poder
extraer de allí una única doctrina y ponerle el sello de su autoridad. El
discurso teológico gana aquí un peso que no había tenido nunca antes, y esto
desde la misma apertura del Concilio. La
cuestión sobre la libertad de conciencia debe ahora debatirse en otro terreno,
en el cual será muy difícil labrarle un espacio.
La antropología
tridentina se muestra inmanentista y racionalista en la medida exacta en que
debe fundamentar la cooperación del libre albedrío con la gracia, en la
realización de la salvación. El cristiano puede y debe ejercer su libre
albedrío de manera responsable, y su salvación depende en parte del mérito de
sus obras. El sentido de las decisiones conciliares es, para este caso, difícil
de descifrar y de entender.
Desde entonces la
paradoja católica, consistirá en prohibir al cristiano la libertad de
conciencia. Se trata, en primer lugar, del acceso al texto mismo de la
Revelación. Y se pueden ver en las otras limitaciones, simples consecuencias de
esta primera prohibición. Porque el clero se reserva el conocimiento directo de
la Escritura, cuya firme ortodoxia es fijada por la Vulgata. El primer catálogo
del Index condena, por consiguiente, todas las traducciones de la Biblia en
lenguas vulgares, las cuales habían jugado un papel muy importante en la
elevación del laicado y en la cristianización de la
cultura burguesa. De la misma manera, el Concilio responde al sacerdocio
universal luterano con una partición de la Iglesia desde un magisterio o unos
enseñantes consagrados, siendo el clero la autoridad preponderante pero
oscurantista al menos en las relaciones con la Biblia.
De igual manera, en
estas operaciones para homogeneizar la dogmática, las tradiciones, siempre
plurales en los documentos tridentinos, van a volverse en la Tradición, en el
discurso de la Contrarreforma, suprimiendo al menos dos facetas de la libertad
de conciencia: la de información o acceso a las fuentes y el derecho a la
interpretación. Sin embargo de esta manera se lograba una estructura de
autoridad que trasmitía la verdad.
La conciencia como
juez último, en vista de que quedaba suprimido el acceso a las fuentes y el
derecho a la interpretación resulta
claro que el juicio o la conciencia como juez último se encontraba privada de
materia sobre la cual ejercerse. Sin embargo, no bastó solo con vaciarlo de
todo contenido: la antropología tridentina lo descalifica. En efecto, si se le
reconoce a la conciencia natural la capacidad de formarse una idea de la
divinidad, se le niega en cambio la de juzgar cuál sea la verdad, aun siendo
instruida por la Revelación. Esto viene a significar que queda estatuido que la
conciencia del cristiano, sometida sin duda a la inspección de Dios, lo está
igualmente a la de la Iglesia clerical e infalible, cuyas interdicciones y
censuras están dotadas de autoridad. La vera
auctoritas doctrinal únicamente es otorgada en plenitud por Dios al Pontífice,
que por ello mismo viene a ser quien detenta la plenitudo potestatis
jurisdiccional, concentrando el papado todos los poderes.
Podemos concluir
que la radicalización vaticana deja inoperante la libertad de conciencia y la
autoridad de esta como imperativo último.
La importancia del servo arbitrio o voluntad determinada
Eric From hace una
distinción entre conciencia autoritaria y autoridad de la conciencia. Conciencia autoritaria es cuando el
hombre se convierte así no sólo en esclavo obediente, sino en el riguroso capataz, que se trata a
sí mismo como su esclavo. […] la conciencia autoritaria se nutre de la
destructividad contra la propia persona, de modo que permite a los impulsos
destructivos obrar bajo el disfraz de la virtud». Esta idea nos introduce en el
análisis sobre si el ser humano tiene el poder de elegir y
tomar sus propias decisiones o la autonomía de la conciencia queda reducida a
una libertad esclava. Se reconoce hoy en día que en una sociedad donde muchas
de las creencias y conductas están de algún modo estructuradas por la moral
y la ética, es difícil saber hasta que
punto eso que piensas, haces y decides es ""completamente
libre"". La distinción entre conciencia autónoma y heterómana no
resuelve el problema tampoco.
Emil Brunner nos
dice que "el punto decisivo" para entender al ser humano y su pecado
o desestructuración del hombre, es comprender la libertad y la "no
libertad". La importancia de determinar si la voluntad está sometida o si
es libre, está determinada por la historia del dogma cristiano. En el
transcurso de la historia de la iglesia varios debates teológicos
significativos se han ocupado de este tema. En los primeros años de la iglesia,
la mayoría de los teólogos parecían favorecer el libre albedrío; su preocupación
era vencer el determinismo atrincherado del mundo grecorromano puesto que todo
parecía estar determinado por los dioses. Y en un sentido no estaban
equivocados. El determinismo no forma parte de la concepción cristiana, pero
tampoco sirve de excusa para deslindar responsabilidad con respecto al pecado.
Los padres de la Iglesia —Crisóstomo, Orígenes, Jerónimo, y otros— estuvieron
en el acierto cuando se opusieron al determinismo. Sin embargo, en su oposición
al determinismo fueron deslizándose paulatinamente en una especie de exaltación
no bíblica de la capacidad humana que les impidió apreciar la verdadera
magnitud de la culpa y el pecado humano. Agustín de Hipona fue quien se levantó
para desafiar esa postura y argumentar con fervor a favor de la sumisión de la
voluntad, en aquel tiempo, fundamentalmente contra Pelagio, su oponente más
franco. No olvidemos que Pelagio y sus seguidores defendían que la humanidad
era capaz de evitar el pecado, y que la elección de obedecer las órdenes de
Dios era responsabilidad de cada persona.
Es interesante
observar que ya Agustín, aunque había seguido la línea determinista de
pensamiento, había llegado a conclusiones más bíblicas sobre el pecado como
algo más que unos simples actos individuales y aislados y comprendiendo mejor
la doctrina de la gracia de Dios como algo absolutamente determinante en la
salvación. Entiende Agustín que como resultado de una depravación heredada el
individuo sencillamente no puede dejar de pecar. La frase acuñada de Agustín
fue : “Non posse no pecare” o lo que es lo mismo, que el ser humano es incapaz
de elegir a Dios. Decía Agustín que el hombre, habiendo usado su libre albedrío
equivocadamente en la Caída, se perdió a sí mismo y perdió su voluntad. Decía
que la voluntad había sido esclavizada de tal manera que no tenía poder para la
justicia. Decía que la voluntad sin duda es libre pero está esclavizada por el
pecado, habiéndole dado las espaldas a Dios en vez de volverse a Él.
Erasmo y Lutero, en
ocasión de la Reforma, tienen la misma discusión que explosionó en diversos
frentes. Erasmo, en un principio, había simpatizado con la Reforma, porque no
podía dejar de ver la corrupción de la iglesia medieval y deseaba que esto
acabara. Pero Erasmo, fue convencido
para que se enfrentara a Lutero. Erasmo decía que la voluntad debe ser libre,
y los argumentos que presentaba eran
similares a los de Pelagio. Sin embargo, este era un tema que no interesaba
demasiado a Erasmo, por lo que aconsejaba moderación aunque se oponía a Lutero.
Pero para Lutero
era un tema primordial. Lutero se abocó al tema fervorosamente, pues para él se
trataba de un tema del cual dependía la verdad de Dios. Por supuesto que Lutero
reconoció el hecho psicológico que los hombres y las mujeres hacen elecciones.
En realidad, es tan obvio que nadie lo puede negar. Pero en el área específica
de la elección individual de Dios o la no elección de Dios, Lutero negaba el
libre albedrío, tanto como Erasmo lo afirmaba. Hemos sido entregados al pecado,
-decía Lutero-. Por lo tanto, el único papel que nos corresponde desempeñar es
humildemente reconocer este pecado, confesar nuestra ceguera y reconocer que no
podemos elegir a Dios porque nuestra voluntad está esclavizada, del mismo modo
que no podemos agradarle debido a nuestros sucios actos morales. Nuestro único
papel es admitir nuestro pecado y clamar al Dios eterno por misericordia,
sabiendo que no lo podríamos hacer si Dios antes no hubiera estado activo para
convencernos de nuestro pecado y conducir nuestras voluntades para llevarnos al
Señor Jesucristo en busca de nuestra salvación.
Ya termino. Aunque
se ha procurado no confundir el “sentir y el consentir” el pecado, para no verse sometidos al implacable
fatalismo, como podemos ver este tema en estos contextos de Lutero y Agustín,
se refieren a la naturaleza pecaminosa donde al acto humano más justo y bueno,
todas nuestras obras son como trapos de inmundicia que así se expresa Isaías
64: 6 Todos nosotros somos como el inmundo, y como trapo
de inmundicia todas nuestras obras justas; todos nos marchitamos como una hoja,
y nuestras iniquidades, como el viento, nos arrastran.
“…conviértanse
ahora cada uno de su mal camino, y mejore sus caminos y sus obras. Y dijeron:
Es en vano; porque en pos de nuestros ídolos iremos, y haremos cada uno el
pensamiento de nuestro malvado corazón.” Jer. 18:11,12
¿Determinismo o
realidad humana?
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